CRÉDITO REAL

Declaraciones: ¿Cómo y qué deducir?

En México cada vez existen más mujeres emprendedoras y empresarias dispuestas a cumplir sus sueños y lograr sus metas, pero al incursionar en el mundo empresarial también nos encontramos  con nuestras obligaciones fiscales. Hoy vamos a aprender sobre ellas…

Queremos explicarte de manera más concreta en qué se basan:

  • Empresarias que realicen actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas. Por ejemplo: talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas; minisúpers, escuelas; kinders, guarderías, ferreterías, refaccionarias, entre otras, deben presentar sus declaraciones anuales al SAT con el fin de mantener informadas a las autoridades sobre su situación fiscal. Por eso, te daremos algunas recomendaciones para que no tengas ningún inconveniente en tus declaraciones.

¿Cómo compruebo mis ingresos?

Para comprobar tus ingresos, debes emitir facturas electrónicas por la prestación de tus servicios. Si tienes trabajadores, debes entregarle un comprobante de nómina por los pagos y retenciones que hagas. Puedes hacer facturas electrónicas a través de:

  1. La aplicación gratuita del SAT, en sat.gob.mx.
  2. La aplicación de algún proveedor de facturas electrónicas.
  3. Mis Cuentas, en la sección Factura fácil.

Es importante también solicitar factura por las compras que realices para que puedas incluirlas como gastos en tus declaraciones mensuales.

Tipos de declaraciones
Como empresaria debes realizar dos tipos de declaraciones:

Declaración mensual: Permite calcular tu Impuesto Sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado que deberás pagar por tus operaciones. Para declarar necesitas tener tus ingresos, gastos y retenciones organizados y sumados mensualmente para capturarlos en la aplicación de Declaraciones y Pagos en sat.gob.mx.

Se realiza el día 17 del mes posterior al que declaras. Además, debes presentar mensualmente la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros, que incluye la información sobre las operaciones de tus proveedores.

Declaración anual: Informan el monto total de tus ingresos, gastos y retenciones al año, así como los pagos provisionales que realizaste mensualmente. La debes presentar a más tardar el 30 de abril siguiente de cada año fiscal.

¿Qué puedo deducir?

Deducciones de gastos mensuales:

  • Pago de sueldos y salarios.
  • Cuotas que hayas pagado como patrón al IMSS.
  • Arrendamiento del local que utilices para la prestación de tus servicios.
  • Luz y teléfono del local para tus actividades.
  • Papelería y artículos de escritorio.
  • Inversiones en activo fijo como equipo de cómputo, de oficina, construcciones o equipo de transporte.
  • Las mercancías, materias primas, productos terminados o semiterminados que utilices para producir tus bienes o servicios o para venderlos.

Deducciones de gastos anuales:

  • Gastos médicos, dentales, de enfermeras y gastos hospitalarios, incluido el alquiler o compra de aparatos para rehabilitación, prótesis, análisis y estudios clínicos.
  • Lentes ópticos graduados hasta por 2,500 pesos.
  • Gastos funerarios.
  • Pagos por primas de seguro de gastos médicos.
  • Los intereses reales, efectivamente pagados en el ejercicio, por créditos hipotecarios para tu casa habitación.
  • Donativos.
  • Transporte escolar obligatorio.
  • Aportaciones voluntarias al fondo de retiro.
  • Impuestos locales por salarios.
  • Colegiaturas (preescolar a preparatoria).

La presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos explicó que las deducciones más importantes que puede hacer una empresa en su retorno anual, están relacionadas con el costo de ventas, compras de mercadería, beneficios para empleados y cualquier inversión.

Por eso nosotros nos sumamos a brindarte alternativas que pueden darte un gran beneficio fiscal a través de nuestras estrategias.

Recuerda también que debes informar cuando cambias de domicilio, de actividad o si dejas de prestar un servicio. Presenta los avisos a través de sat.gob.mx, y mantente informada. Esperamos que esta nota te haya servido para tener un panorama más claro respecto a los temas fiscales en tu empresa.

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